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Este blog ha sido creado para servir de enlace entre jubilados y pensionados de Venezuela residentes en el exterior. Su objetivo es meramente informativo y no está signado por parcialidad política alguna. Sólo nos guía la legítima defensa de los derechos humanos de jubilados y pensionados de Venezuela.

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Jubilados en el Exterior

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5 comentarios:

  1. Hola, felicito al admistradror de este blog, excelente ya que nos mantenemos informados con el aporte de cada uno de los que interactuamos, mi inquietud es si aún no se ha podido liquidar la transferencia del 2do semestre 2015 por falta de las dichosas claves AAD/ALD como se hará para solicitar la del bono de Aguinaldo que se debe solicitar antes del 30 de este mes, mil gracias por sus repuestas!!!!

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  2. Desde hace meses espero por la transferencia de mi pensión, a España donde resido. Agradezco cualquier información al respecto.

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  3. BUENOS DIAS EL VIERNES HAN ACTUALIZADO EL SUELDO BASICO EL IVISS Y A LAS PERSONAS QUE TENEMOS CONVENIOS NOS HAN PUESTO COMO INACTIVAS NO COMO ESTABAMOS EN PENSION EN EL EXTERIOR CON EL BANCO DE CADA PAIS POR FAVOR NECESITAMOS QUE LOS QUE TENEMOS CONVENIOS CON EL IVISS ENTREMOS A LA PAGINA Y EN PENSIONADOS CON NUESTRA CEDULA Y EL AÑO MES Y DIA DE NACIMIENTO VEAMOS COMO ESTAMOS CON QUE ESTATUS ESTAMOS PORQUE SI ESTAMOS INACTIVOS NO NOS VAN A ENVIAR EL DINERO Y NO PODEMOS SACAR CONSTANCIAS PARA LOS CONSULADOS POR FAVOR NECESITO UNA REPSUESTA SI SOLO ES AMI O A TODOS LOS DE CONVENIO

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    Respuestas
    1. Estimado:
      A comienzo de Junio me di cuenta que me habían cambiado mi lugar de pago de Pension al exterior, Banco Estado, en Chile al B.O.D. en Vzla.
      Una persona fue a consultar al B.O.D. y si ya habia un reajuste y un mes allá.
      Corrí a mandar un poder para nombrar un apoderado, despues de 5 años de cobrar por convenio en Chile.
      Actualmente mi apoderado esta haciendo gestiones en Venezuela, para corregir este error

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  4. HOLA BUENAS NOCHES, UNA PERSONA MAYOR QUE RECIBE UNA PENSIÓN SEGÚN EL DECRETO N°- 5316_07 AQUÍ EN VENEZUELA . Y POR RAZONES FAMILIARES SE MUDA AL EXTRANJERO, COMO HACE PARA COBRAR ESA PENSIÓN DECRETO 5316_07 EN ESPAÑA..? Gracias mfdf_64@hotmail.com

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